La Asociación del Rifle Argentina nace, como un instrumento indispensable para asegurar la defensa de los genuinos derechos de los Legítimos Usuarios de armas, en el seno de nuestra joven democracia para defender todos los derechos constitucionales que tiene todo ciudadano Argentino de poder acceder de manera lícita y legal a la tenencia y/o portación de armas de fuego.
En el país, la Asociación del rifle Argentina, apelará toda medida que pueda llegar a burocratizar o ir en desmedro de los derechos mencionados, todo derecho debe ser tratado como tal, por lo tanto para nosotros, el derecho a la vivienda, al trabajo digno, al agua potable y por supuesto a la tenencia legal de armas de fuego en Argentina, tienen el mismo estatus.
Todo ciudadano argentino, que apruebe con los requisitos exigidos por la Ley de Armas, sus modificatorias y resoluciones concordantes, deberá tener el derecho incuestionable a acceder a la credencial que le permita la tenencia y/o portación de sus armas de fuego, como así también a sus municiones.
La legítima defensa se puede darse, en tanto y en cuanto todo ciudadano de bien pueda estar en igualdad de condiciones que nuestro agresor, si el agresor se encuentra armado y nosotros desarmados (por burocracia y políticas desarmistas en el orden civil), esto implica perdida derechos!
Promovemos el desarme y la destrucción de todas las armas ilícitas, de todas las armas que son utilizadas como herramienta para delinquir. Estamos convencidos, que a los únicos, que hay que privar y/o confiscarles las armas, es a los delincuentes.
Art. 21 de la Constitución Nacional.
Todo ciudadano Argentino está obligado armarse en defensa de la patria y de esta Constitución!
La Asociación del Rifle Argentina defiende los derechos de todos los Legítimos Usuarios Argentinos (nacidos o por opción) de tener, utilizar, portar y comercializar (acorde a las normativas vigentes) armas de fuego, sean para la caza, para el tiro deportivo o tiro practico, la recreación, la práctica deportiva, y obviamente la defensa personal y familiar.
Recordando que estos derechos están vigentes aun antes de la consagración de la Constitucional Nacional, lo que queda claro desde el mismísimo Preámbulo de nuestra Carta Magna cuando nos explica que se cumple con los Pactos Preexistentes entre las Provincias Unidas en Sud-América.